Resolución General 94/2011 - Provincia de Tucumán (BO 08/07/2011). Ingresos brutos. Solicitud de cancelación de inscripción. Requisitos. Constancia de no inscripción tributaria municipal o comunal provisoria.
De no contar los contribuyentes, al solicitar la baja en la inscripción o cese de actividades en el impuesto sobre los ingresos brutos -según lo previsto en la RG (DGR Tucumán) 137/2005-, con a constancia definitiva de baja o cese municipal o comunal, podrán acompañar la solicitud con la documentación correspondiente que acredite el inicio del trámite a fin de obtener la referida constancia.
El contribuyente tendrá un plazo de 2 años, contados a partir de la fecha de la solicitud, para poder presentar la constancia definitiva de no inscripción municipal o comunal
No hay comentarios:
Publicar un comentario