jueves, 28 de julio de 2011

Impuesto a las Actividades Economicas - Alicuota - Provincia de Salta

Ley 7.666 - Poder Legislativo Salta (BO 19/07/2011). Actividades económicas. Servicios relacionados con la salud humana. Alícuota aplicable.

Se establece que a partir del 01/08/2011, los servicios relacionados con la salud humana, estarán gravados a la alícuota del 20‰.

No hay comentarios:

Publicar un comentario