Se da a conocer nuevos Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) que entrarán en vigencia el 30/07/2011 inclusive, los cuales serán aplicables a las siguientes actividades:
- Agricultura, Ganadería, Caza y Silvicultura: actividad de Fruticultura, Yerba Mate, Engorde de Ganado a Corral,
- Industria Manufacturera: actividad Textil,
- Industria de la Construcción,
- Comercio: Supermercados, Estaciones de Servicio y GNC,
- Servicios: Gastronomía, Hotelería, Turísmo, Enseñanza, Modelaje, Sociales y de Salud,
- Supermercados,
- Estaciones de servicio y de GNC,
- Producción de yerba mate y producción frutícola de manzana, de pera y de durazno.
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