lunes, 15 de agosto de 2011

Riesgos del Trabajo - Trámites ante Comisiones Médicas - Reglamentación

Disposición 2/2011 - Superintendencia de Riesgos del Trabajo (BO 12/08/2011). Trabajo y Previsión Social. Riesgos del trabajo. Inicio de trámites y presentaciones ante las Comisiones Médicas y Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Reglamentación.

Se establecen las personas habilitadas para iniciar los trámites ante las Comisiones Médicas y las Oficinas de Homologación y Visado de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo:
- en forma personal, por el trabajador o derechohabiente,
-  por los ascendientes y descendientes, cónyuges, colaterales por consanguinidad, unidos por unión civil, convivientes o curadores del trabajador.

La presente disposición entrará en vigencia a partir del 15 de agosto de 2011.

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