Ley 9152 - Poder Ejecutivo de La Rioja (BO 30/12/2011). Ley impositiva 2012. Modificaciones al Código Tributario.
Se fijan para el período fiscal 2012, las alícuotas e importes fijos de los impuestos
provinciales. Al mismo tiempo, se realizan modificaciones al Código Tributario.
Principales cambios:
Código Tributario:
- Se restablece el
impuesto de sellos, exceptuando las formalizaciones de escrituras públicas
de compraventa de inmuebles o cualquier otro contrato por el cual se
transfiere el dominio de inmuebles con motivo de aportes de capital,
transferencias de establecimientos comerciales, industriales, disolución
de sociedades y adjudicaciones a los socios.
- Se determina la exención en el
impuesto sobre los ingresos brutos a las actividades desarrolladas
dentro de la Provincia por los contribuyentes inscriptos en el registro de efectores de
desarrollo local y economía social y en el régimen de monotributo
social ante la AFIP.
Impuesto de sellos:
- Se determinan las alícuotas, mínimos y montos fijos para los actos que previamente no se
encontraban gravados por el impuesto hasta el 31/12/2011.
- Se
incrementa de $ 100 a $ 115, el impuesto mínimo para los contratos de
transferencia de inmuebles a título oneroso.
Ingresos brutos:
- Régimen simplificado: se reducen de 6 a 4 las categorías de
contribuyentes. Se modifican parámetros de ingresos y los montos
fijos, ubicándose en $ 38.640, el monto máximo de ingresos anuales para
permanecer en el régimen. De esta forma, aquellos contribuyentes que en enero de 2012 aún
se encuentren en las categorías 5 o 6 derogadas, podrán abonar los
importes antiguos hasta el mes de marzo 2012. A partir de abril de 2012,
deberán tributar bajo el régimen general o reclasificar su categoría o
forma de tributar.
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