Ley 4348 - Poder Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires (BO 28/12/2012). Estímulo para el reordenamiento y mejores
prácticas del transporte de cargas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Beneficios impositivos
Se crea la ley de
estímulo para el reordenamiento y mejores prácticas del transporte de
cargas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Implicancias impositivas:
- Estarán exentos del pago de las contribuciones del ABL, territorial y de pavimentos y aceras,
durante 10 años, los predios que cuenten con la aprobación legislativa
correspondiente.
- Estarán exentos del pago de los derechos de
delineación y construcción, y tasa por servicio de verificación de obra,
las nuevas y aquellas de ampliación, refuncionalización o
rehabilitación emplazadas en los predios que cuenten con la aprobación
legislativa.
- Los actos y contratos celebrados por los beneficiarios,
relacionados directamente con las actividades promovidas y efectuadas
dentro de un predio autorizado, están exentos del impuesto de sellos por
10 años.
- Los ingresos generados por el ejercicio en los predios
establecidos en la presente ley de los servicios de alquiler y uso de
espacios, carga y descarga, distribución, redistribución y
almacenamiento de mercadería transportada, están exentos del impuesto
sobre los ingresos brutos durante un plazo de 10 años. Asimismo, se
prevé el diferimiento del impuesto sobre los ingresos brutos con ciertas
limitaciones.
- Se encontrarán exentos por 10 años del gravamen anual
por radicación los camiones, semirremolques y utilitarios.
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