Resolución General 61/2012 - Dirección General de Rentas de Misiones (BO 03/01/2013). Ingresos brutos. Bonificaciones. Contribuyentes beneficiados. Condición.
Se establece que gozarán de las bonificaciones previstas en
los Decretos 1992/1992, 2480/1992, 27/1994, 803/2000, 359/2002, 82/2005, los contribuyentes del
impuesto sobre los ingresos brutos que, en el último año calendario,
hayan tenido ingresos brutos gravados por la totalidad de sus
actividades que no excedan la suma de $
5.000.000, y que cumplimenten los restantes requisitos vigentes para
gozar de la bonificación.
Quienes
inicien actividades podrán gozar de la bonificación en la medida en que
en sus posiciones anteriores del año calendario en curso no hayan
excedido el monto que se fija en el artículo anterior.
La presente resolución será aplicable desde la posición del mes de enero del período fiscal 2013.
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