martes, 15 de enero de 2013

IIBB - Locación de inmuebles urbanos y/o arrendamiento de inmuebles rurales - Régimen de regularización - Provincia de Entre Ríos

Resolución 2/2013 - Administradora Tributaria de Entre Ríos (08/01/2013). Ingresos brutos. Locación de inmuebles urbanos y/o arrendamiento de inmuebles rurales. Régimen especial de inscripción y regularización voluntaria. Reglamentación.

Se dispone que el régimen de regularización tributaria instituido por el Decreto 4660/2012, comprenderá las deudas devengadas hasta el 31 de diciembre de 2012, en concepto de impuesto sobre los ingresos brutos y sus intereses, por la actividad de arrendamiento de inmuebles rurales y/o locación de inmuebles urbanos situados en la Provincia.

Los contribuyentes y/o responsables que adhieran al régimen deberán efectuar el acogimiento por la deuda total, conforme a los importes resultantes de los registros de la Administradora Tributaria de Entre Ríos, actuaciones administrativas y/o declaraciones juradas presentadas por el contribuyente.

Los planes de facilidades de pago suscriptos en el marco del presente régimen, devengarán un interés de financiación mensual del 1% sobre el saldo de la deuda regularizada.

Se podrá optar por la cancelación anticipada de la totalidad del saldo adeudado, en cuyo caso se deducirán los intereses de financiación, cuando estos hubieren sido liquidados.

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