Resolución General 51/2012 - Dirección General de Rentas de Misiones (BO 19/12/2012). Ingresos brutos. Productores primarios tabacaleros. Régimen de retención. Exención.
Se aclara que los productores primarios tabacaleros, que
consten en el “Padrón de Contribuyentes Tabacaleros Exentos”, por la
primera venta de su producción, quedan liberados de la retención del
impuesto sobre los ingresos brutos establecida en la RG 43/2012.
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