Resolución
General 96/2012 – Dirección General de Rentas de Mendoza (BO 28/12/2012). Ingresos
brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Contribuyentes
locales. Modificación y adecuación de alícuotas.
La recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias aplicables a los contribuyentes locales de la Provincia de Mendoza deberá practicarse al momento de acreditarse el importe correspondiente, conforme a la nómina de contribuyentes establecida por la Dirección General de Rentas, designados por la RG 53/2012 o que desarrollan las actividades detalladas en los anexos de la presente resolución. Al mismo tiempo, se modifican las alícuotas del régimen.
La presente resolución resultará aplicable con relación a los importes que se acrediten en cuenta a partir del día 2 de enero de 2013.
La recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias aplicables a los contribuyentes locales de la Provincia de Mendoza deberá practicarse al momento de acreditarse el importe correspondiente, conforme a la nómina de contribuyentes establecida por la Dirección General de Rentas, designados por la RG 53/2012 o que desarrollan las actividades detalladas en los anexos de la presente resolución. Al mismo tiempo, se modifican las alícuotas del régimen.
La presente resolución resultará aplicable con relación a los importes que se acrediten en cuenta a partir del día 2 de enero de 2013.
No hay comentarios:
Publicar un comentario