miércoles, 9 de enero de 2013

IIBB - Regímenes de retención y percepción - Modificación - Provincia de Tucumán

Resolución General 147/2012 - Dirección General de Rentas de Tucumán (BO 28/12/2012).Ingresos brutos. Regímenes generales de retención y percepción. Modificaciones.

Se modifican los regímenes generales de percepción y retención (RG 86/2000 y RG 23/2002). Principales cambios:
- Los regímenes de retención y percepción serán anuales, de ingreso anticipado mensual.
- Se establece que los agentes de percepción o retención deberán ingresar los montos correspondientes a los meses de enero a noviembre del año calendario que se trate, en forma mensual y anticipada, según las fechas que se establecen en función del número de terminación de CUIT.
- Los agentes tendrán que presentar una declaración jurada anual en el mes de enero del año calendario siguiente al que se trate, según la fecha que le corresponda dependiendo del número de terminación de CUIT que tenga, en la cual deberán informar el total de las percepciones o retenciones declaradas mensualmente para su ingreso y el detalle de las del mes de diciembre.

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