Resolución General 1752/2013 - Administración Tributaria Provincial del Chaco (06/03/2013). IIBB. Adicional 10% Ley 3565. Régimen de retención. Agentes de
retención. Nuevos sujetos.
Se incorporan como sujetos obligados a actuar
como agentes de retención a los exportadores, acopiadores, acopiadores
consignatarios, desmotadoras, plantas industrializadoras, incluidas las
desmotadoras que realizan el desmote por cuenta de terceros, cuando adquieran
los productos agrícolas a productores primarios, otros acopiadores o
intermediarios de la jurisdicción Chaco, al momento de liquidar la compra o
consignación de los granos recibidos.
Asimismo actuarán en tal carácter por
todos los pagos a proveedores, contratistas o terceros en general, y por la
adquisición de la producción primaria proveniente de otra jurisdicción
provincial, comercializada por los propios productores u otros intermediarios.
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