Resolución General 1313/2013 - Dirección Provincial de Rentas de Jujuy (BO 06/03/2013). Ingresos brutos. Régimen de crédito fiscal. Formas, plazos y condiciones.
Se establecen las formas, plazos y condiciones para hacer uso del beneficio
establecido por ley 5566 “nuevo régimen de crédito fiscal sobre el impuesto
sobre los ingresos brutos e inmobiliario”.
Estarán comprendidos en el presente régimen:
1) Los
contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, régimen local o de
Convenio Multilateral con jurisdicción sede en la Provincia de Jujuy, que
durante el último período fiscal vencido hubieren cumplido en debido tiempo y
forma con sus obligaciones fiscales, formales y materiales, en sus respectivos
vencimientos;
2) Los contribuyentes del impuesto inmobiliario que, durante los
dos últimos períodos fiscales vencidos, hubieren cumplido en debido tiempo y
forma con sus obligaciones fiscales, formales y materiales, en sus respectivos
vencimientos.
Los contribuyentes alcanzados por el presente
régimen gozarán de un crédito fiscal equivalente al 10% del
impuesto determinado por el último período fiscal vencido, el que será imputado
al pago del/los anticipo/s y/o cuota/s del período fiscal siguiente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario