martes, 5 de marzo de 2013

IIBB - Régimen de impuesto fijo - Reglamentación - Provincia de Neuquén

Resolución 73/2013 - Dirección Provincial de Rentas de Neuquén (BO 01/03/2013). Ingresos brutos. Régimen de impuesto fijo. Reglamentación.

Se reglamenta el régimen de impuesto fijo que se aplicará para los contribuyentes -personas físicas- inscriptos en el impuesto sobre los ingresos brutos directos de la Provincia del Neuquén  (art. 208 del Código Fiscal vigente). Principales características:
  • Se considerarán alcanzados por el presente régimen aquellos sujetos que se dediquen al comercio minorista, presten servicios sociales y comunales, servicios técnicos o servicios personales al Estado Nacional, Provincial y Municipal, y que no tengan empleados cuando sus ingresos sean inferiores a $ 35.000 o, teniendo hasta un empleado, tengan ingresos hasta $ 84.000.
  • Será causal de exclusión el ejercicio de las profesiones liberales universitarias y, en general, al desarrollo de todas las actividades que requieran un título de grado, posgrado, pregrado universitario, grado no universitario y de posgrado no universitario. 
  • El  impuesto fijo deberá ingresarse en las fechas de vencimientos determinadas para el régimen general de contribuyentes directos, en forma mensual hasta el mes de cese de actividades o exclusión del régimen. El mismo tendrá carácter de pago definitivo. 
  • Los contribuyentes sujetos al régimen quedarán excluidos de todo régimen de retenciones, percepciones y recaudaciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario