Resolución General 13/2013 - Dirección General de Rentas de Tucumán (BO 27/02/2013). Ingresos brutos. Régimen de percepción. Contribuyentes de Convenio
Multilateral. Coeficiente atribuible a Tucumán igual a cero. Alícuota.
Se determina que los contribuyentes del régimen de Convenio Multilateral obligados a actuar como
agentes de percepción en el impuesto sobre los ingresos brutos (según lo dispuesto por la RG
86/2000) y que tengan un coeficiente atribuido a la Provincia de Tucumán igual
a 0, cuando efectúe la percepción deberán aplicar una alícuota
del 0,175%.
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