miércoles, 27 de marzo de 2013

IIBB - Régimen especial de retención - Actividades agropecuarias - Alícuota transitoria - Provincia de Buenos Aires

Resolución Normativa 5/2013 - Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (08/03/2013). Ingresos brutos. Régimen especial de retención para actividades agropecuarias. Alícuota de retención transitoria.

Se determina que, a los efectos de determinar la alícuota aplicable en el régimen especial de retención para actividades agropecuarias del impuesto sobre los ingresos brutos, desde el 01/01/2013 hasta el 30/06/2013, no deberá considerarse la alícuota especial del 2% aplicable a determinadas actividades agropecuarias desarrolladas en inmuebles arrendados situados en la Provincia de Buenos Aires y con ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia que supere la suma de $ 10.000.000.

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